El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 26 de Septiembre de 2024, ha resuelto aprobar inicialmente EL PLAN DE MOVILIDAD URBANA SOSTENIBLE DE ALGARROBO.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el acuerdo adoptado se expone al público en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente en las oficinas municipales y presentar la reclamaciones y/o alegaciones que estimen oportunas.
En caso de que durante el referido plazo no se presenten reclamaciones o sugerencias se, la Ordenanza se considerara definitivamente aprobada, conforme al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y se procederá, en su caso, a la publicación del texto íntegro.
Documentación relacionada: